¿Son conspiranoicos los que señalan que el poder político (o las élites que lo controlan) nos llevan hacia escenarios como la alimentación a base de insectos? Los “grandes medios” y los “ciudadanos informados” por ellos suelen calificarlos así. Sin embargo, en los últimos días el Boletín Oficial del Estado adapta la legislación alimentaria española a las disposiciones de la Unión Europea, regulando el uso alimentario de manjares como el grillo doméstico o el escarabajo del estiércol.
El lector puede pensar que, bueno, con no comprar semejantes ambrosías, todo solucionado, pero no es tan fácil. Reproducimos a continuación lo indicado en el caso del grillo común:
…el polvo parcialmente desgrasado de Acheta domesticus (grillo doméstico), cuando se utiliza en panes y panecillos multicereales, galletas saladas y colines, barritas de cereales, premezclas secas para productos horneados, galletas, productos secos a base de pastas rellenas y no rellenas, salsas, productos transformados a base de patata, platos a base de leguminosas y vegetales, pizza, productos a base de pastas, lactosuero en polvo, sucedáneos de carne, sopas y concentrados o polvos de sopa, aperitivos a base de harina de maíz, bebidas similares a la cerveza, artículos de chocolate, frutos de cáscara y semillas oleaginosas, aperitivos distintos de las patatas fritas y preparados de carne, destinados a la población en general, cumple las condiciones para su comercialización de conformidad con el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/2283.
Al menos en el caso del grillo nos alertarán de una posible alergia… a los moluscos. Para el caso del escarabajo, en cambio, dicen que:
la Comisión considera que en la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados no deben incluirse requisitos de etiquetado específicos en relación con el potencial de las larvas de Alphitobius diaperinus para causar una sensibilización primaria.
Enlaces a las ediciones del BOE, para los que nos tachen de conspiranoicos: aquí y aquí.