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15 de septiembre de 2022 0 / / / / / /

«PATRIA» «NACIÓN» «ESTADO»

«PATRIA» «NACIÓN» «ESTADO»[i]

 por Luís B. de PortoCavallo

Aristóteles puntualizaba que, para «la consideración de una cuestión» objeto de contemplación, es inevitable partir del lenguaje llano y las ambigüedades que éste origina:

«[…] distinguir qué tipos de cosas es preciso llamar como hace la mayoría y cuáles no: pues es útil, tanto para establecer, como para refutar; v.g.: hay que denominar los objetos con el mismo vocabulario que la mayoría, pero en cuanto a qué clase de objetos son tales o no tales, ya no hay que atender a la mayoría»[ii].

La constante acción revolucionaria, ejercida desde el poder, ha conllevado al trastrocamiento de todo, apropiándose e inventándose el lenguaje, que acarrea una inducción a la confusión, arrebatando la razón natural de las cosas. Obedece a la finalidad de hacer que se piense cómo se habla, esto es, en los términos y conceptos que se empleen ―y se asuman ―, se transmutará la percepción de lo real.

Conseguir controlar el significado del habla y de la percepción, mediante el lenguaje, producirá, a su vez,

controlar cómo se piense …

Este pérfido proceso, iniciado por las sectas protestantes y desarrollado en la ilustración, fue establecido en los planes liberales de educación “románticos nacionalistas” … para adoctrinamiento de generaciones futuras,

que se asumieron subliminalmente

Esto acarrea una serie de argucias que tergiversan e invierten la acepción de las palabras, imponiendo una utilización, interesada, afectada y sugestionadora, encaminada a apoderarse de las significaciones, conducente e incitadora a persuadir de “valores revolucionarios”. Conseguir controlar el significado del habla ―y de la percepción, mediante el lenguaje―, producirá, a su vez, controlar cómo se piense.

[V.gr.: Utilizar la expresión «Antiguo Régimen», Ancien Régime (en fr.) es aceptar, psicológicamente, la formulación que los revolucionarios franceses usaron para designar, de forma genérica, los muy diferentes tipos de gobierno a lo largo de un amplio período de tiempo, anteriores a la revolución francesa. El término opuesto sería el mal transcrito como “Nuevo Régimen”, Novus Ordo Seclorum, (o Régimen Liberal, en España). Igual ocurre cuando se utilizan términos relativistas como “valores” ―en lugar de «virtudes»― o “paradigma” ―en lugar de «parámetros»―].

Este pérfido proceso, iniciado por las sectas protestantes y desarrollado en la ilustración, fue establecido en los planes liberales de educación “románticos nacionalistas” de toda Europa, desde el s. XIX, para adoctrinamiento de generaciones futuras, en que se asumieron subliminalmente el lenguaje y los conceptos cambiantes que implica.

            Principios Naturales

De la noción inherente más elemental que se asuma sobre los términos objeto de consideración aquí, que por su propia naturaleza están de tal manera unidos unos a otros que no pueden separarse, dependerá, en gran medida, cuestiones subsiguientes de vital importancia para entender rectamente la cosmovisión de lo perteneciente a la sociedad y lo perteneciente a la doctrina y actividad política.

Los vocablos intitulados, «Patria» «Nación» y «Estado» son voces de principios naturales que entran en la siniestra categoría adversa de “mutación revolucionaria” de su significado.

La Patria son los Fueros”. Conjunto de derechos que asisten a sus deudos; son la iustitia y su iurisdictio,

la potestas, auctorĭtas e imperium, principios de ser y de gobierno

«Patria» emana de «padre». Lo «patrio» es lo que proviene o pertenece al «padre». Así, el pater familias es “cabeza de familia” (en apreciación extensa) que ejerce la patria potestad, derechos y deberes de custodia y cuidado de los padres sobre los hijos no emancipados. Como el «padre» es al hombre, así «la Patria» es a la comunidad de hombres, los vivientes, el acervo de los antepasados y los por venir; pater communitas civitatem.

«El hombre es deudor, después de serlo a Dios, sobre todo, a sus padres y a su patria»[iii]

Como Santiago Arellano doctamente sentenciara “La Patria son los Fueros”. El conjunto de derechos que asisten a sus deudos; son la iustitia y su iurisdictio, la potestas, auctorĭtas e imperium, principios de ser y de gobierno[iv],; cuyas principales propiedades y particulares rasgos distintivos son el dominio, poder, jurisdicción o facultad de gobernar ―o juzgar― sobre algo.

«El amor a la patria se funda sobre la raíz de la caridad que descansa, no en los bienes privados,

sino en el bien común»

[Santo Tomás de AQUINO, De Regimine Principum]

            «Fuero» procede de forum “plaza pública”, plaza donde se trataban los “asuntos públicos” y sus “tribunales públicos” de justicia. Es Derecho Inmemorial; ius reconocido y concedido públicamente, por la propia naturaleza de su actividad, principios y virtudes a una persona o a un lugar. Son heredad común; usos, costumbres y tradiciones atesoradas, sanadas, mejoradas y perfeccionadas por generaciones sucesoras usufructuarias a lo largo del tiempo. Sólo lo bueno, lo bello y lo verdadero, encarnado en las gentes y en las tierras, engendran Tradición. Los «Fueros» son el «ser» y el «estar» de la Patria y el reino, «regnum», su «forma».

«El amor a la patria se funda sobre la raíz de la caridad que descansa, no en los bienes privados, sino en el bien común […]»[v].

«Nación» es «cualidad del nacido» o «nacido en»
[De esta suerte se dice «ciego de nación» o «de nación burgalés»]

Al modo como ya hiciera San Isidoro de Sevilla, «Nación» se empleó como término flexible que admitía diversos significados, de raíz no política, para distinguir grupos más o menos amplios de gentes que, por su origen y evolución común, formaban un clan o linaje del que eran considerados miembros, ligados por lazos de sangre.

La Patria ni es una nación, ni mil naciones. «De cien pueblos hiciste una sola patria»

«Es sabido que todavía no se ha logrado decir en qué consiste una nación»

[Ortega y Gasset, La Rebelión de las Masas, 1931]

En discernimiento de la Historia Moderna y Contemporánea, la actual percepción otorgada a la «Nación» es una ficción; una perversión revolucionaria. Fue obsesión ilustrada prusiana[vi] frente al Sacro Imperio y apología de la revolución francesa, frente a los reinos; fictitium cōnstructiō extendida por las ideas napoleónicas impregnadas de romanticismo ―llegando a afirmarse con cursi sentimentalismo sensiblero que “la patria es el alma de la nación”―.

La “Nación Estado” es creación ex novo frente a otras “Naciones Estado”; se personaliza la «Nación», como si fuera un todo, un sólo hombre concentrado en la “soberanía nacional” de los habitantes “excelencia no superada en cualquier orden inmaterial” justificados en su propio “territorio nacional”, como sinónimo de autoafirmación y autogobierno; revolución creadora de “nuevas Patrias” que hacen confundir con “Nación” y con “Estado”, en un totum revolutum. La Patria ni es una nación, ni mil naciones. «De cien pueblos hiciste una sola patria»[vii].

La voz «Estado», etimológicamente proviene de «status», del verbo latino «stare», [“estar”], como atributo del «ser», esto es, situación, cualidad o condición en que se encuentra algo o alguien, a la cual está sujeta la existencia de cada uno de ellos, y en especial cada uno de los sucesivos modos de «ser».

[Así se habla de «estado físico» y «estados de la materia»; «estado del reino», «estado de necesidad», «estado de sitio» y «estado de guerra»; «estados del hombre», «estado civil», «estado canónico»; «estado enfermizo» o «estado febril»; etc.
La propia voz «sociedad» se define como “estado de los hombres o de los animales que viven bajo un orden común”].

El concepto de esta acepción, siendo empleada para expresar la ordenación de gobierno en un momento determinado, es introducida por Maquiavelo, en la primera frase del cap. I.º, de El Príncipe[viii], usando la voz italiana, «Stati», “Estado”, comenzando a emplearse, desde fines del siglo XV, para las ciudades italianas, sustituyendo a «gobierno»[ix], expresión que prospera hasta comprender la totalidad de los aspectos de la organización política.

La Nación, así entendida, es per se la negación de la Patria.

            Nación Estado y Estado Nacional

«Es sabido que todavía no se ha logrado decir en qué consiste una nación»
[Pronunciaba, en 1931, Ortega y Gasset, en La Rebelión de las Masas].

La patria, como la justicia, no son intangibles, esto se nos hace evidente, especialmente, en su ausencia al estar privados de ella o ante su carencia, ¿quién puede atreverse a proclamar dar fin a las injusticias y al mismo tiempo negar la existencia misma de la Justicia? Sólo los iuspositivistas, conformadores del «Estado Nacional», son capaces de tales malabarismos argumentativos.

Así como las provincias, las regiones ―que por mor “administrativa revolucionaria” transmutaron, también, su significación originaria―, los departamentos, las prefecturas, o esa horterada nueva de las “comunidades autónomas”, son la negación y abolición de los «regnum», tradicionales reinos. La Nación, así entendida, es per se la negación de la Patria.

La «Patria» ha sido víctima propiciatoria de la usurpadora «Nación» que la ha suplantando, ocupando, con malas artes, su lugar, la ha falsificado, por escrito, con palabras y cláusulas que han alterado el alcance que antes tenía, defraudándole su derecho, su empleo y el favor del que disfrutaba.

La concepción tradicional de la res publicæ, es la civitas, que conforma una comunidad política socialmente organizada, cuya principal característica era lo común a un pueblo, lo público, esto es, lo que se hace a la vista de todos,

es accesible y destinado a todos, lo que es conocido y sabido por todos

En esa torpeza (la de la suplantación), en la retórica política actual, resulta muchísimo más ridículo y absurdo, el reciente uso en español, de la locución «país». Éste proviene del francés pays, “terreno de un pago”, derivado del latín pagus [porción de tierras o heredades ―especialmente viñas u olivares― y por extensión lugar, aldea, pueblo pequeño o provincia] que, a su vez, da formas como ager pagense, “campo de un pago” o terrēnus pagense, “terreno de un pago”, del que emana pagensis, paysan (en fr.), “paisano” (en esp.), “habitante de un pago”.

La concepción tradicional de la res publica, la cosa común, es el orden civil o estado civil, la civitas, conjunto de ciudadanos, que conforman una comunidad política socialmente organizada, cuya principal característica era lo común a un pueblo, lo público, esto es, cosa que se hace a la vista de todos y es accesible y destinada a todos, lo que es conocido y sabido por todos.

Se puede encontrar, en la antigüedad clásica, en las obras de Aristóteles ―como La República, Las Leyes y sobre todo en La Política―, junto a las obras de Cicerón ―De República y De Legibus―, tratados acerca de la materia, que constituyen los mejores precedentes del estudio del gobierno y el orden civil, perfeccionado por Santo Tomás y ampliados por la extensísima nueva escuela escolástica de Salamanca.

En sus obras están contenidos y planteados todos los posibles problemas relativos a la ciencia política y a la sociedad; sin embargo, sin ser necesario determinar el preciso concepto de Estado, según se entiende hoy, forzosamente indispensable.

«Quod placuit statu quo, legis habet vigorem»

Aunque ha sido objeto de muchas discusiones académicas, todavía hoy no se cuenta con una definición pacífica. Una de la más aceptada y utilizada comúnmente es la que Max Weber, propone en La política como vocación, de 1919[x]. Para Weber el “Estado moderno” [léase contemporáneo] es, un medio de dominación de carácter institucional, con sus propias jerarquías supremas, dentro de un territorio, dónde los medios materiales de los que, por derecho propio, disponían antes todos los seres humanos, son sustituidos siendo expropiados y reunidos en manos de sus dirigentes, que monopolizan y legitiman la violencia con este fin. Además, es impersonal frente a las responsabilidades, que estarán siempre diluidas en la Nación en su conjunto, en el Estado o en parte de éste.

La antigua formulación de Ulpiano que in ille tempore reducía la validez de la ley a la voluntad del déspota: «Quod principi placuit, legis habet vigorem», se ha actualizado por mera sustitución del sujeto ―del “quién”― transformada ahora, en: «Quod placuit statu quo, legis habet vigorem».

Aunque para la antigua formula, en ningún caso, podía prescindirse de la prescripción correctora de Paulo en el Digesto: «regla es la que expone brevemente la cosa tal cual es. El derecho no se toma de la regla, sino que la regla se hace con arreglo al derecho» (D.50,17,1), sin embargo, ante la nueva formulación, no existe posibilidad correctora alguna, evidenciando, asimismo, una nueva forma de tiranía.

 

«Nuevo Orden Global» ¿la superación del Estado Nacional?

El revolucionario «Nuevo Orden contemporáneo» está fundado sobre equívocos conceptos de «soberanía», «Nación» y «Estado». Así florecen todo tipo de prefijos de todo pelaje que condicionan lo “―nacional”: lo inter-nacional (entre naciones), lo tras-nacional (a través de las naciones), lo pluri-nacional (de múltiples naciones), lo multi-nacional (relativo a muchas naciones) y, finalmente, lo supra-nacional (por encima del ámbito de las naciones).

Como la maldad, no descansa y la falsedad no puede mantenerse indefinidamente, hace su aparición un aparente enfrentamiento entre lo malo ―el «Estado Nacional»―, y lo peor ―el «Orden Global»―.

Pero no es cierto que el «Orden Global» quiera acabar con los Estados Nacionales, nada más lejos, sólo quiere subyugarlos, “comprando a saldo a sus jerarquías dirigentes” y retroalimentarse de ellas, con el objetivo de exprimir a sus respectivos súbditos, sin responsabilidad personal directa. Eso sí, pretende la homogeneidad y el control absoluto, ejemplares impersonales de una humanidad anónima, ganado humano, lo que no sería posible sin el concurso y colaboración primordial e indispensable de los «Estados Nacionales» que son los que “están en el barro al pie del cañón”, extorsionando al nativo natural.

La revolución “global” no puede ser combatida mediante una revolución de signo contrario,

sino por la reafirmación de la doctrina tradicional de organización de sociedad

En algunos casos, este nuevo fenómeno anómalo ha producido un proceso de reacción de signo contrario, igualmente insólito, que ha dado en llamarse «identitario», que no deja de gravitar bajo elementos revolucionarios de carácter conservador nacionalista, y que resulta que se caracteriza por definirse, no por sí mismo, sino por conciencia de distinción frente a los demás, esto es, negativamente.

De todos es sabido que, a los errores de la reforma protestante, no se le opuso una reforma de “signo contrario”, que no habría sido, acaso, sino ahondar en el “yerro del entendido”. La enmienda vino de mano de la Contrarreforma, que fue una reafirmación doctrinal. Asimismo, la revolución “global” no puede ser combatida mediante una revolución de signo contrario, sino por la reafirmación de la doctrina tradicional de organización de la sociedad.

 

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[i] Al contemplar estas cuestiones no pueden obviarse la obra de JEAN OUSSET; Patria – Nación – Estado; (I-VI) publicado en Verbo, Madrid; n.º 34-35, págs. 217 a 250; n.º 36, págs. 332 a 351; n.º 37-38, págs. 406 a 427; n.º 39, 508 a 530; n.º 40, págs. 574 a 596; 1965; n.º 41, págs. 30 a 53; 1966; ni el monográfico sobre ciclo de conferencias VV.AA.; Patria, Nación y Estado, organizado por el Instituto de Historia y Cultura Militar, los días 13 al 16 y 20 al 23 de octubre de 2003; publicado en la Rev. de Historia Militar, Año XLIX, Madrid, 2005; Núm. extraordinario; 245 págs.

[ii] Vid. ARISTÓTELES; Órganon I. Tratados de Lógica; Categorías, Libro II, Lugares del Accidente §2. (110a [15]); Ed. Gredos; Trad. revisada por MONTOYA, José; Madrid, 1982; pág. 126.

[iii] Vid. AQUINO, Santo Tomás de; Suma Teológica, II, IIae, q. 101, a. 1. Comentando el texto De Invectione II-53, de Cicerón.

[iv] El significado tradicional de «gobierno» y «gobernar», entrañaban «regir», esto es, dirigir rectamente; «guiar», conducir por delante mostrando el camino; y también implicaban tanto «comportarse» como «dar sustento»).

[v] AQUINO, Santo Tomás de; De Regimine Principum, III, 4.

[vi] No obstante, el término «patriotismo» es un neologismo anacrónico, aparecido hacia el 1750, cargado de connotaciones estrictamente ilustradas, en el sentido de extensión territorial del Estado, que no concuerda con el concepto antiguo de «Patria». Vid. PASCHOUD, François; Roma Æterna. Études sur le patriotisme romain dans l’Occident latin à l’époque des grandes invasions; Institut Suisse de Rome ; Neuchâtel, 1967; 309 págs.

[vii] NAMACIANO, Rutilio; Itinerarium, (I, 63/66).

[viii] «Tutti gli stati, tutti e dominii che hanno avuto e hanno imperio sopra gli uomini, sono stati e sono o republiche o principati.»

[Todos los estados, todos los dominios que ha habido y tienen imperio sobre los hombres, son estado y son o repúblicas o principados].

[ix] Vid. nota 3.

[x] Vid. WEBER, Max; La Política. El Político y el Científico; Trad. F. Rubio Llorente; Alianza Editorial, 5ª ed., Madrid, 1979; pág. 92.

 

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